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Puentes digitales

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  • 17 de mayo de 2011
  • Archivado en Empoderamiento TIC
  • Un comentario en Lo que trajo la Ley Sinde
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Lo que trajo la Ley Sinde

La asociación Hacktivistas presentó la semana pasada (siempre tarde, yo, con mi blog) el Manual de desobediencia a la Ley Sinde, o Ley Biden-Sinde, ya que como reveló Wikileaks, esta norma española fue redactada al dictado de la Casa Blanca.

La Ley Sinde establece un proceso para el cierre de páginas que alojen o enlacen a archivos cuya difusión pública sea susceptible de vulnerar la propiedad intelectual. El cierre lo decide una comisión, no un o una juez, que sólo autoriza.

En apenas medio centenar de páginas, el Manual (puedes descargarlo o comprarlo por 3 euros en esta página) muestra sencilla y claramente cómo las personas usuarias y gestoras de una página web pueden burlar cualquier medida de censura gubernamental.

Recordemos que la Ley Sinde no es una ley como tal, si no una Disposición Adicional de la Ley de Economía Sostenible. Una disposición adicional es, agrandes rasgos, un añadido a una norma jurídica que establece excepciones, regímenes especiales, mandatos, autorizaciones o perceptos residuales que no tienen acomodo en el conjunto del articulado.

Sin embargo la Ley Sinde se ha utilizado para modificar dos normas aneoriores, la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y la de Propiedad Intelectual, sin discusión parlamentaria ni consenso social, algo que jurídicamente puede considerarse obsceno.

Plaza de Cibeles, el domingo 15 de mayo, en el inicio de la manifestación.
Manifestación 15M en Madrid.

Del cabreo ciudadano resultante nació Nolesvotes. Se sumó el hastío por la corrupción política (decenas de personas imputadas judicialmente están en las listas electorales ), la gestión de la crisis financiera y por los partidos en general y sugió Democracia real ya, que el pasado domingo, a unos días de los comicios, convocó a decenas de miles de personas a manifestarse y a acampar en las calles de 50 ciudades españolas. Una demostración de movilización ciudadana exclusivamente por Internet y las redes sociales que ya quisieran los partidos políticos.

¿El siguiente paso? Quizás la #spanishrevolution.

Me voy corriendo a la concentración de hoy en la Puerta del Sol (dejando pendiente la accesibilidad de esta entrada).

Enlaces relacionados

 

Nolesvotes.com

  • Web: http://www.nolesvotes.com/
  • Facebook: https://www.facebook.com/pages/No-les-votes/153251964730260
  • Twitter: #nolesvotes

 

Democracia real ya

  • Web: http://democraciarealya.es/
  • Facebook: https://www.facebook.com/democraciarealya
  • Twitter: /#democraciarealya
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  • 18 de abril de 2011
  • Archivado en Acceso universal
  • Un comentario en Europa, por la neutralidad de la red
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Europa, por la neutralidad de la red

¿Por qué no puedo utilizar Skype en mi móvil? ¿Por qué el ordenador va más lento cuando me bajo un torrent? Simplemente por que a la empresa de Internet le da la gana. Mañana, la Comisión Europea presentará un informe sobre los ataques, como este, a la neutralidad de Internet, según ha publicado hoy el diario Público.

Algunas empresas que en Europa nos brindan conexión a Internet bloquean el uso de servicios, como el de voz sobre Internet, o reducen la velocidad, por ejemplo cuando usamos programas de intercambio de archivos.

Mañana, 19 de abril de 2011, la vicepresidenta y comisaria de Agenda Digital de la Comisión Europea, Neelie Kroes, presentará un informe que analiza el estado de la neutralidad en la Unión y el 25 de mayo se aprobarán nuevas normas que prohíban injustificadas diferencias en el tráfico de datos.

Qué es la neutralidad de la red

Todos los bits son creados iguales. Con esta frase suele resumirse el principio de neutralidad de la Red. Este concepto sostiene que toda la información que viaja por Internet debe hacerlo en las mismas condiciones, independientemente de quién la envíe, quién la reciba y cual sea su contenido.

Esto quiere decir que un operador no puede decidir qué páginas visito, qué aplicaciones utilizo o limitar la velocidad de las personas que visitan mi página web, por ejemplo.

Obviamente, lo que tarda una página web depende de varias cosas: de cómo esté hecha la página (si tiene video, tardará más; si sólo texto, menos…), del ancho de banda que tenga contratado, de las capacidades del dispositivo con el que me conecto… Pero otra cosa es priorizar unos contenidos sobre otros por motivos empresariales.

Imaginemos que Google firma un acuerdo con la compañía estadounidense de telecomunicaciones Verizon, por el cual todas las personas que contraten su línea de Internet con la competencia no puedan usar el buscador. O si lo hacen, lo harán en condiciones distintas, pagando, por ejemplo. Sería una vulneración del principio de neutralidad.

Es distinto del supuesto de que Google comenzará a cobrar por su servicio (existen webs de pago, algunos periódicos, por ejemplo). Se trataría en este caso de un acuerdo entre el motor de búsqueda y la persona usuaria, en el que no tiene nada que ver la empresa que gestiona la línea telefónica o de cable.

Un círculo dentro del cual unos y ceros se conectan entre sí, como circuitos en una placa baseArchivo de Wikimedia Commons, un depósito de contenido libre hospedado por la Fundación Wikimedia.

Europa puede evitar que algo así ocurra. Los cambios legislativos que propone la Comisión Europea siguen de cerca los principios base de la neutralidad de la red propuestos por la Comisión Federal de las Comunicaciones de EE UU. Estas normas básicas son:

  1. Libertad de accesos a contenidos; es decir, que la empresa operadora no me impida ver la web que yo quiera, aunque sea la de una empresas de la competencia.
  2. Libertad de uso de aplicaciones; por ejemplo, utilizar Skype en el móvil conectado a Internet, en vez de hacer una llamada a través de la red celular.
  3. Libertad de conectar dispositivos personales no dañinos; posibilidad de elegir navegar a través de un ordenador, un teléfono, una tableta o cualquier otro aparato, sin perjuicio de la velocidad de conexión por razones no estrictamente técnicas.
  4. Libertad de obtener información sobre el plan de servicio.
  5. Impedir la discriminación por tipo de contenido; si tengo contratado 1 GB de conexión, que la velocidad no baje en ningún caso, ni aunque esté utilizando plataformas de intercambio de archivos.
  6. Transparencia de los proveedores sobre su política de gestión de redes.

Sin embargo, en EE UU esta normativa acabe de ser tumbada por la Cámara de representantes. Y es que pocos son los Estados, más bien sólo uno, Chile, que apuestan por defender Internet de los intentos de control empresarial, y muchos los que están estudiando la aprobación de leyes que pueden cortar Internet a quien se descargue archivos sin premiso: en lo que va de 2011, y estamos en el mes de abril, Argentina, Australia, Colombia, EE UU, Holanda, Nueva Zelanda y Reino Unido.

Será interesante ver qué ocurre en España. Se ha filtrado a la prensa la primera propuesta del reglamento de la llamada Ley Sinde,
o Biden-Sinde. Prevé la posibilidad de bloquear el acceso desde territorio español a servicios o contenidos cuya interrupción o retirada haya sido decidida, en caso de prestadores establecidos fuera de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo.

No podríamos visitar Taringa, por ejemplo .

Hay que recordar, una vez más, que las páginas de enlaces de descargas son legales en España, según las sentencias de todos los juicios celebrados, y es posible que también en el país extranjero donde se alojan.

Es decir, el Gobierno impediría visitar una página legal, aunque estuviese en el extranjero, sin intervención del Poder Judicial. Este reglamento vulneraría las nuevas leyes europeas.

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  • 11 de abril de 2011
  • Archivado en Alfabetización digital
  • Sin comentarios aún en Mentiras en la escuela
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Mentiras en la escuela

He recibido un mail de Actuable, una plataforma online para la creación y difusión de causas, solicitando mi firma contra la campaña de adoctrinamiento de la industria cultural en los colegios. Resulta que Promusicae, SGAE y FAP han editado una guía destinada a enseñar a profesorado y progenitores cómo inculcar un uso correcto de Internet entre las y los jóvenes (Música, cine y televisión en Internet; una guía para padres y profesores, en pdf).

La iniciativa sería loable si tratará de dotar a chavalas y chavalos de herramientas para evitar el acoso a través de la Red o enseñarles a proteger su intimidad. Sin embargo, el panfleto, redactado por la ONG británica Childnet International, se centra el el uso ilegal de las redes p2p y está plagado de medias verdades, cuando no de puras mentiras.

El documento no es nuevo, es un refrito de la Guía para padres sobre p2p, intercambio de archivos e Internet, de 2005, elaborada también por Childnet International (puedes descargar esta guía anterior en la página de la IFPI, aunque contiene una serie de curisosas novedades:

Si el documento original hablaba de cientos de páginas [legales] de descargas de Internet, el actual apenas menciona, reiteradamente, cuatro o cinco, propiedad de las entidades detrás de la iniciativa. Incluso la nota de prensa de la SGAE habla sólo de más de 25 páginas autorizadas.

La nueva versión incluye un glosario que recoge definiciones como las siguientes:

  • Blog: Abreviatura de «web log», un diario o revista que se publica en Internet. Los blogs a menudo se utilizan para publicar enlaces a archivos, que pueden ser copias ilegales de música, películas u otros ficheros multimedia.
  • Descargar: Copiar o transferir archivos (pistas de música, cine y programas de televisión) desde otros ordenadores o desde Internet al tuyo.

Floja guía la que no así define a una herramienta que ha revolucionado la comunicación en los últimos años (ha levantado ampollas entre blogueros y blogueras, como Mangas Verdes) y que se olvida de que también pueden descargarse imágenes, textos y videos que no sean de la televisión.

Una niña ante el ordenador y usando unos auriculares; sobreimpresionado, el título de la Guía

Se hace hincapié en dos argumentos contra el intercambio de archivos (y ninguno es el daño económico a artistas):

  1. Es ilegal: podrías enfrentarte a graves condenas y multas;existen condenas graves para aquellos que compartan al margen de la ley películas, música, programas de TV y vídeo. El diario El Pais recuerda que el intercambio de archivos en España no es ilegal si es sin ánimo de lucro.
  2. Es inseguro: Junto con los archivos multimedia, involuntariamente los usuarios suelen descargar también virus o programas espía; Así mismo, sin saberlo pueden estar compartiendo con otros usuarios ficheros personales con información financiera, por ejemplo, exponiéndose a riesgos vinculados al robo de su identidad; Los programas de intercambio ilegal de archivos exponen a los usuarios a peligrosos contenidos no deseados, como virus, pornografía o imágenes violentas.

Los Mundos de Tux desmontaba esta argumentación: no se comparte todo el disco duro del ordenador, sólo los archivos y carpetas que se quiere, y ¿quién introduce contenidos falsos en estas redes? Un porcentaje importante son las compañias antipirateria, según una investigación de la Universidad Carlos III de Madrid (documento de la investigación en pdf, en Bitelia.com y video explicativo del trabajo.

La falaz guía se va a repartir en centros de enseñanza primaria y secundaria de toda España. Me pregunto quién permite que entidades privadas puedan introducir su parcial y publicitaria doctrina en nuestras escuelas.

Si quieres oponerte a esta campaña, puedes añadir tu firma en Actuable.

Actualización: En resupuesta, Hacktivistas ha elaborado su propia guía para madres y profesoras.

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  • 5 de abril de 2010
  • Archivado en Acceso universal
  • Sin comentarios aún en La pregunta del músico
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La pregunta del músico

Leo hoy una viñeta en la edición digital del diario Público del dibujante Manel Fontdevila, muy relacionada con un un post anterior de este blog (Alternativas anti-antidescargas). Recomiendo la lectura del interesante debate surgido con los comentarios de las personas lectoras.

Incluyo transcripción textual del dibujo para personas con problemas de visión:

Un joven, guitarra al hombro, le pregunta a otro sentado frente al ordenador (y que presumiblemente está descargando archivos de música):

Pero cuando dices que los músicos debemos vivir de los conciertos, ¿a qué te refieres? ¿A que la esencia de la música sólo se disfruta en el directo? ¿O a que eres demasiado torpe para colarte en un concierto?

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