¿Por qué no puedo utilizar Skype en mi móvil? ¿Por qué el ordenador va más lento cuando me bajo un torrent? Simplemente por que a la empresa de Internet le da la gana. Mañana, la Comisión Europea presentará un informe sobre los ataques, como este, a la neutralidad de Internet, según ha publicado hoy el diario Público.
Algunas empresas que en Europa nos brindan conexión a Internet bloquean el uso de servicios, como el de voz sobre Internet, o reducen la velocidad, por ejemplo cuando usamos programas de intercambio de archivos.
Mañana, 19 de abril de 2011, la vicepresidenta y comisaria de Agenda Digital de la Comisión Europea, Neelie Kroes, presentará un informe que analiza el estado de la neutralidad en la Unión y el 25 de mayo se aprobarán nuevas normas que prohíban injustificadas diferencias en el tráfico de datos.
Qué es la neutralidad de la red
Todos los bits son creados iguales. Con esta frase suele resumirse el principio de neutralidad de la Red. Este concepto sostiene que toda la información que viaja por Internet debe hacerlo en las mismas condiciones, independientemente de quién la envíe, quién la reciba y cual sea su contenido.
Esto quiere decir que un operador no puede decidir qué páginas visito, qué aplicaciones utilizo o limitar la velocidad de las personas que visitan mi página web, por ejemplo.
Obviamente, lo que tarda una página web depende de varias cosas: de cómo esté hecha la página (si tiene video, tardará más; si sólo texto, menos…), del ancho de banda que tenga contratado, de las capacidades del dispositivo con el que me conecto… Pero otra cosa es priorizar unos contenidos sobre otros por motivos empresariales.
Imaginemos que Google firma un acuerdo con la compañía estadounidense de telecomunicaciones Verizon, por el cual todas las personas que contraten su línea de Internet con la competencia no puedan usar el buscador. O si lo hacen, lo harán en condiciones distintas, pagando, por ejemplo. Sería una vulneración del principio de neutralidad.
Es distinto del supuesto de que Google comenzará a cobrar por su servicio (existen webs de pago, algunos periódicos, por ejemplo). Se trataría en este caso de un acuerdo entre el motor de búsqueda y la persona usuaria, en el que no tiene nada que ver la empresa que gestiona la línea telefónica o de cable.
Europa puede evitar que algo así ocurra. Los cambios legislativos que propone la Comisión Europea siguen de cerca los principios base de la neutralidad de la red propuestos por la Comisión Federal de las Comunicaciones de EE UU. Estas normas básicas son:
- Libertad de accesos a contenidos; es decir, que la empresa operadora no me impida ver la web que yo quiera, aunque sea la de una empresas de la competencia.
- Libertad de uso de aplicaciones; por ejemplo, utilizar Skype en el móvil conectado a Internet, en vez de hacer una llamada a través de la red celular.
- Libertad de conectar dispositivos personales no dañinos; posibilidad de elegir navegar a través de un ordenador, un teléfono, una tableta o cualquier otro aparato, sin perjuicio de la velocidad de conexión por razones no estrictamente técnicas.
- Libertad de obtener información sobre el plan de servicio.
- Impedir la discriminación por tipo de contenido; si tengo contratado 1 GB de conexión, que la velocidad no baje en ningún caso, ni aunque esté utilizando plataformas de intercambio de archivos.
- Transparencia de los proveedores sobre su política de gestión de redes.
Sin embargo, en EE UU esta normativa acabe de ser tumbada por la Cámara de representantes. Y es que pocos son los Estados, más bien sólo uno, Chile, que apuestan por defender Internet de los intentos de control empresarial, y muchos los que están estudiando la aprobación de leyes que pueden cortar Internet a quien se descargue archivos sin premiso: en lo que va de 2011, y estamos en el mes de abril, Argentina, Australia, Colombia, EE UU, Holanda, Nueva Zelanda y Reino Unido.
Será interesante ver qué ocurre en España. Se ha filtrado a la prensa la primera propuesta del reglamento de la llamada Ley Sinde,
o Biden-Sinde. Prevé la posibilidad de bloquear el acceso desde territorio español a servicios o contenidos cuya interrupción o retirada haya sido decidida, en caso de prestadores establecidos fuera de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo
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No podríamos visitar Taringa, por ejemplo .
Hay que recordar, una vez más, que las páginas de enlaces de descargas son legales en España, según las sentencias de todos los juicios celebrados, y es posible que también en el país extranjero donde se alojan.
Es decir, el Gobierno impediría visitar una página legal, aunque estuviese en el extranjero, sin intervención del Poder Judicial. Este reglamento vulneraría las nuevas leyes europeas.